104
ISSN Electrónico: 2500-9338
Volumen 26-2
Año 2026
Págs. 104116
Cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en los portales web de
empresas públicas y privadas de la ciudad de Manta.
José Andrés Barre Cuenca1
Enlace ORCID: https://orcid.org/0009-0004-5300-5953
Esilda Katherine Velásquez Calderón2
Enlace ORCID: https://orcid.org/0009-0000-2276-2821
Navira Gissela Angulo Murillo3
Enlace ORCID: https://orcid.org/0000-0002-4000-0756
Fecha de Recepción: Diciembre 4 de 2025
Fecha de Aprobación: Marzo 20 de 2026
Fecha de Publicación: Julio 17 de 2026
:
Resumen:
En un entorno cada vez más digital, garantizar la protección de datos personales se ha convertido en un reto prioritario
para organizaciones públicas y privadas. En Ecuador, la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP)
establece directrices para un tratamiento responsable de la información, sin embargo, su cumplimiento en los entornos
web sigue siendo limitado. El objetivo de este estudio fue analizar el nivel de cumplimiento de la LOPDP en los portales
web de empresas públicas y privadas de la ciudad de Manta. Se aplicó una metodología cuantitativa, descriptiva y
transversal, complementada con análisis cualitativo mediante una nube de palabras generada con MAXQDA. La
evaluación se realizó a través de un Checklist normativo aplicado a 40 portales web. Los resultados revelaron un
cumplimiento promedio del 45,91%, siendo mayor en el sector público (57,6%) que en el privado (42,9%). Se concluye
que existen vacíos importantes en el tratamiento de datos sensibles, la transparencia y los mecanismos de
consentimiento.
Palabras clave: Cumplimiento normativo, Protección de datos personales, derechos digitales, seguridad de la
información
1Estudiante de la carrera de Contabilidad y Auditoría, (Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí), Ecuador; Filiación actual institucional y cargo
(Ecuador), Contacto: e1350779540@live.uleam.edu.ec
2Estudiante de la carrera de Contabilidad y Auditoría, Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí), Ecuador; Filiación actual institucional y cargo
(Ecuador), Contacto: e1312046889@live.uleam.edu.ec
3Magíster en Auditoría en Tecnologías de la Información, Universidad de Especialidades Espíritu Santo. Doctorando en la Universidad Nacional
La Planta (Argentina), Ecuador; Titular Auxiliar 1, Contacto navira.angulo@uleam.edu.ec
CC BY-NC-SA 4.0
Atribución/Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional
105
Compliance with the Organic Law on Personal Data Protection in the Websites of Public and Private
Companies in the City of Manta
Abstract:
In an increasingly digital environment, ensuring the protection of personal data has become a key challenge for both
public and private organizations. In Ecuador, the Organic Law on Personal Data Protection (LOPDP) establishes
guidelines for the responsible handling of information; however, its implementation in web environments remains limited.
This study aimed to analyze the level of compliance with the LOPDP on the websites of public and private companies
in the city of Manta. A quantitative, descriptive, and cross-sectional methodology was applied, complemented by a
qualitative analysis using a word cloud generated with MAXQDA. The evaluation was carried out through a regulatory
checklist applied to 40 websites. The results revealed an average compliance level of 45.91%, with the public sector
showing higher compliance (57.6%) compared to the private sector (42.9%). The study concludes that there are
significant gaps in the management of sensitive data, transparency, and consent mechanisms.
Keywords: Regulatory compliance, personal data protection, digital rights, information security.
Conformidade com a Lei Orgânica de Proteção de Dados Pessoais nos Sites de Empresas Públicas e
Privadas na Cidade de Manta
Resumo:
Em um ambiente cada vez mais digital, garantir a proteção dos dados pessoais tornou-se um desafio essencial tanto
para organizações públicas quanto privadas. No Equador, a Lei Orgânica de Proteção de Dados Pessoais (LOPDP)
estabelece diretrizes para o tratamento responsável das informações; no entanto, sua aplicão em ambientes digitais
ainda é limitada. Este estudo teve como objetivo analisar o nível de conformidade com a LOPDP nos sites de empresas
públicas e privadas da cidade de Manta. Foi aplicada uma metodologia quantitativa, descritiva e transversal,
complementada por uma análise qualitativa por meio de uma nuvem de palavras gerada com o software MAXQDA. A
avaliação foi realizada com base em um checklist normativo aplicado a 40 sites. Os resultados revelaram um nível
médio de conformidade de 45,91%, sendo o setor público o mais aderente (57,6%) em comparação com o setor privado
(42,9%). O estudo conclui que existem lacunas significativas na gestão de dados sensíveis, na transparência e nos
mecanismos de consentimiento.
Palavras-chave: Conformidade normativa, proteção de dados pessoais, direitos digitais, segurança da informação.
Cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en los portales web de empresas públicas y privadas de la ciudad de
Manta.
José Andrés Barre Cuenca- Esilda Katherine Velásquez Calderón-Navira Gissela Angulo Murillo
106
1. INTRODUCCIÓN
En la actualidad, los datos personales se han
convertido en uno de los activos más valiosos para los
Estados, las empresas y las plataformas digitales, la
expansión de la inteligencia artificial, el comercio
electrónico y la gestn en línea de servicios públicos y
privados ha transformado la forma en que se recopila,
procesa y utiliza la información. Este contexto
tecnológico ha producido una creciente preocupación
sobre la privacidad y la seguridad de los usuarios,
dando origen a marcos normativos especializados en
los en la protección de datos personales (Lara-Nino et
al., 2022). En Europa, el Reglamento General de
Protección de Datos (RGPD) se ha consolidado como
el modelo jurídico de referencia global, al establecer
principios claros sobre licitud, consentimiento,
minimización, finalidad y responsabilidad proactiva
(Dewitte, 2024) explica que el principio de protección
de datos por diseño, consagrado en el artículo 25 del
(RGPD) no surge de forma aislada, sino como
resultado de décadas de desarrollo de mecanismos de
seguridad informática y políticas preventivas de
privacidad.
Este enfoque ha inspirado a diversos países de
Latinoamérica a formular sus propias leyes de
protección, buscando adaptar las buenas prácticas
europeas a sus contextos socio técnico. Otros estudios
señalan que las vulneraciones de datos en entornos
digitales y gubernamentales no solo amenazan la
seguridad de los usuarios, en el caso de América
Latina, Lara-Nino et al., (2022) manifiestan que esta
tendencia se ha intensificado ante el incremento de
incidentes de seguridad y la expansión de la economía
digital, lo que ha generado una preocupación creciente
por la regulación del tratamiento de la información
personal; los países han adoptado normativas
inspiradas en el Reglamento General de Protección de
Datos (RGPD) de la Unión Europa, considerado el
estándar internacional de referencia para la regulación
del tratamiento de información personal (Lim y Oh,
2025), legislación europea a través de su Reglamento
General de Protección de Datos (RGPD), ha
influenciado en el marco normativo Latinoamericano,
entre ellos el Ecuador (Dewitte, 2024).
En Ecuador, se aprobó la Ley Orgánica de
Protección de Datos Personales LOPDP (2021) en
2021 representó un avance histórico en materia de
derechos digitales. Para Jurado et al., (2023), es ley
responde a la necesidad de un marco legal coherente
que regule la forma en que las instituciones públicas y
privadas recolectan y administran información
personal. Su aprobación estuvo precedida por el caso
Novaestrat (2019), una filtración masiva de datos que
expuso las debilidades estructurales en la gestión de
la información ciudadana y reveló la urgencia de contar
con un sistema de protección sólido (Martínez et al.,
2022).
La existencia de un marco legal no garantiza su
aplicación práctica, su implementación enfrenta retos
relacionados con la falta de cultura digital y la limitada
capacidad institucional de las organizaciones para
cumplir con los principios de consentimiento, finalidad
y proporcionalidad (Rodríguez Almache et al., 2024).
Así mismo, Astudillo et al., (2024) advierten que,
aunque las empresas privadas han iniciado procesos
de adaptación normativa, muchas entidades privadas
incluyen amenazas de accesos no autorizadas y
ciberdelincuencia de la misma manera ocurre en
entidades públicas que continúan sin incorporar
políticas de privacidad efectivas en sus portales web lo
que genera un cumplimiento parcial.
Actualmente los portales digitales se han
convertido en el principal medio de interacción entre
los ciudadanos y las instituciones públicas o privadas.
Según Aldas et al., (2025), la calidad de los sitios web
se evalúa no sólo por la accesibilidad y usabilidad, sino
también por los atributos de confianza que transmitan
transparencia, confidencialidad y protección de datos.
En este contexto, sistemas judiciales en América
Latina han mostrado avances y compromiso con la
protección de datos personales. En el caso de
Ecuador, el sistema judicial ha incorporado políticas de
privacidad, avisos legales, configuración de cookies,
entre otros, lo que refleja un avance progresivo del
cumplimiento normativo digital (Álvarez Enríquez,
2019).
En la ciudad de Manta, provincia de Manabí, el
crecimiento comercial, industrial y portuario ha
impulsado el uso de portales web por parte de
entidades públicas y privadas; sin embargo, este
avance tecnológico no siempre se ha traducido en un
cumplimiento riguroso de la normativa vigente en
materia de protección de datos personales. Esta
ISSN Electrónico 2500-9338
Mayo-Agosto. Volumen 26 Número 2, Año 2026 Págs. 104-116
107
situación genera preocupación en torno a la exposición
indebida de información sensible, el uso no autorizado
de datos personales y la falta de mecanismos
accesibles que garanticen los derechos digitales de los
ciudadanos. En este contexto, la presente
investigación tiene como objetivo analizar el nivel de
cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de
Datos Personales en los portales web de empresas
públicas y privadas de la ciudad de Manta. Para ello,
se identificarán diferencias entre sectores y se
propondrán orientaciones que promuevan una gestión
ética y legal de los datos personales.
La relevancia de este estudio radica en su
aporte al entendimiento del estado actual de la
privacidad digital en un entorno urbano específico del
Ecuador, mediante una metodología sistemática que
permite evaluar variables clave del cumplimiento
normativo. Los hallazgos obtenidos podrán ser
utilizados como insumo para el diseño de políticas
internas, estrategias de capacitación y acciones
correctivas que contribuyan al fortalecimiento de una
cultura organizacional comprometida con la protección
de datos personales.
En este escenario, surge la pregunta central:
¿Cumplen los sitios web de las entidades públicas y
privadas de Manta con los criterios establecidos en la
Ley Orgánica de Protección de Datos Personales?
Abordar esta interrogante permite no solo identificar los
vacíos existentes en la implementación de la
normativa, sino también proponer medidas de mejora
orientadas a garantizar los derechos digitales de los
ciudadanos y fortalecer el marco legal vigente.
2. MARCO TEORICO
Fundamentos conceptuales y normativos de
la protección de datos personales
La protección de datos personales se
fundamenta en el reconocimiento del derecho a la
privacidad como parte integral de las personas.
Barahona-Martínez et al., (2024) refieren que este
derecho ha evolucionado desde la noción clásica de la
intimidad hasta una dimensión más amplia vinculada
con la autodeterminación informativa. En Ecuador, la
LOPDP de 2021, define los datos personales como
toda información que identifica o hace identificable a
una persona natural. Jurado et al., (2023) destaca que
esta normativa se alinea con estándares
internacionales, pero requiere de instituciones sólidas
que garanticen su aplicación, la ley establece ocho
principios esenciales: licitud, finalidad,
proporcionalidad, calidad, seguridad, confidencialidad,
transparencia y responsabilidad proactiva. Del mismo
modo, Rodríguez Almache et al., (2024) reiteran que
estos principios buscan orientar tanto al sector público
como el privado, promoviendo el consentimiento
informado y la minimización del tratamiento de datos,
sin embargo, los autores coinciden que la falta de
capacitación institucional limita la efectividad del
cumplimiento normativo.
El consentimiento constituye el eje del
tratamiento cito de los datos personales. Rodríguez
Almache, Rodríguez Bustamente, & Santacruz
Espinoza, (2024) en su estudio sobre la función
publicitaria de las cookies en el derecho español
explica que el consentimiento debe ser libre, informado
y específico. Este principio, incorporado también en la
LOPDP, exige que los titulares sean conscientes del
uso que se dará a su información. Dewitte (2024)
establece un puente conceptual entre el principio
europeo de protección de datos por diseño y las
obligaciones de las de los responsables del tratamiento
en el Ecuador, sugiriendo, que las incorporaciones
tempranas de medidas de privacidad en el diseño de
los sistemas digitales pueden evitar vulneraciones
futuras para las empresas. La transparencia digital
exige que los portales institucionales informen de
manera clara a los usuarios sobre la finalidad y el uso
de los datos recolectados.
De acuerdo con Lara-Nino et al., (2022), la
política de privacidad es el documento principal
mediante el cual las organizaciones comunican sus
prácticas de tratamiento de datos, mientras que el
aviso legal y las políticas de cookies complementan la
información sobre la base jurídica. el tiempo de
conservación y los derechos del titular. La ausencia o
deficiencia de estos instrumentos o herramientas
refleja incumplimiento normativo y pone en riesgo la
confianza digital. Lucero (2023) manifiesta que, en el
ámbito ecuatoriano, las auditorías informáticas
representan una herramienta esencial para garantizar
el respeto del consentimiento y la correcta aplicación
de los principios de finalidad y proporcionalidad.
Cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en los portales web de empresas públicas y privadas de la ciudad de
Manta.
José Andrés Barre Cuenca- Esilda Katherine Velásquez Calderón-Navira Gissela Angulo Murillo
108
Transparencia, confianza digital y políticas
de privacidad
Las políticas de privacidad son instrumentos
esenciales de transparencia, según. Rodríguez
Almache et al., (2024), deben describir de manera
accesible la finalidad del tratamiento, la base jurídica,
el tiempo de conservación y los derechos del usuario.
Esta perspectiva coincide con lo expuesto por Sacoto
(2020), quien señala que en el contexto ecuatoriano las
políticas de privacidad en el comercio electrónico,
Business to Consumer (B2C) no solo se deben
describir las finalidades del tratamiento y los
mecanismos de consentimiento, sino que también
garantizar que la información sea comprensible al
usuario de acorde a los principios de LOPDP, de esta
manera, ambas posturas coinciden en la importancia
de fortalecer la transparencia institucional y la
educación digital de los usuarios; y es así donde se
fomenta la cultura digital.
Jurado et al., (2023) sostiene que el éxito de
LOPDP dependerá de la cooperación interinstitucional
y de la capacidad del Estado para fiscalizar las
plataformas digitales. En el contexto de Manta donde
se encuentran sectores empresariales y
gubernamentales, evaluar los portales web permitirá
determinar si los principios de transparencia y de
seguridad se están aplicando conforme a la ley. La
brecha entre la norma y la práctica refleja la necesidad
de auditorías informáticas periódica. Y de la
articulación entre las entidades públicas y el sector
privado y la ciudadanía (Lucero, 2023). En este
sentido, se busca examinar el grado de cumplimiento
normativo de los portales web, a fin de verificar si los
derechos contemplados en la ley, se materialicen
efectivamente (Jurado et al., 2023).
Ley Orgánica de Protección de Datos
Personales LOPDP representa el principal marco
jurídico destinado a garantizar el derecho a la
autodeterminación informativa en el Ecuador. Su
diseño normativo toma como referencia el Reglamento
General de la Protección de Datos RGPD de la Unión
Europea adaptándolo a la realidad jurídica y
tecnológica del país, con el propósito de salvaguardar
los derechos de los ciudadanos frente al uso y
tratamiento de su información personal En su
estructura, la ley se origina en títulos, capítulos y
sección que desarrollan los principios, derechos,
obligaciones y sanciones aplicables tanto a
responsables como encargados de tratamiento de
datos personal, Ecuador (2021).
Análisis estructural de la Ley Orgánica de
Protección de Datos Personales (LOPDP)
El primer título de la LOPD define los principios
rectores del tratamiento de datos personales, los
cuales constituyen la base sobre la que se sustenta
todo acto con relación a la gestión de la información
entre estos principios destacan la licitud, lealtad,
finalidad, proporcionalidad, seguridad, seguridad y
confidencialidad. Dichos principios buscan garantizar
que cualquier tratamiento de datos responda a una
finalidad legítima y cuente con el consentimiento
informativo del titular. En consecuencia, las
instituciones públicas y privadas deben implementar
políticas de privacidad clara, comprensibles y
accesibles para los usuarios, lo cual promueve la
transparencia en el manejo de la información personal
y fomenta la confianza en el entorno, Ecuador (2021).
El segundo título desarrolla los derechos de los
titulares de los datos, reconocidos comúnmente bajo
las siglas ARCO: Acceso, Rectificación, Cancelación o
Eliminación, Oposición y Portabilidad. Estos derechos
fortalecen el principio de autodeterminación
informativa al permitir que las personas ejerzan el
control efectivo sobre su información, específicamente
en el ámbito digital, donde el tratamiento automatizado
de datos es cada vez más frecuente. En este
escenario, los portales web de instituciones públicas y
privadas deben garantizar la existencia de
mecanismos tecnológicos eficaces para que los
usuarios puedan ejercer dichos derechos de manera
sencilla y segura (Barahona-Martínez et al., 2024).
El tercer título se centra en las obligaciones de
los responsables y encargados del tratamiento,
destacando el deber de confiabilidad, la
implementación de medidas técnicas y organizativas
adecuadas y la obligación de actuar con
responsabilidad proactiva. De igual manera, introduce
la figura del Delegado de Protección de Datos (DPD),
quien debe garantizar el cumplimiento normativo
dentro de las organizaciones, especialmente aquellas
que tratan grandes volúmenes de información o datos
sensibles. Además, la ley dispone la creación del
Registro de Actividades de Tratamiento RAD,
instrumento que permite documentar de forma
continua los procesos de gestiones de datos,
ISSN Electrónico 2500-9338
Mayo-Agosto. Volumen 26 Número 2, Año 2026 Págs. 104-116
109
aportando trazabilidad y evidencias de cumplimiento
frente a los organismos de control, Ecuador (2021).
Por su parte, el cuarto título regula las
transferencias internacionales de datos personales,
limitando su realización únicamente a países u
organizaciones que aseguren un nivel de protección
equivalente al establecido por la legislación
ecuatoriana. Esta disposición refuerza el principio de
responsabilidad proactiva, obligando a los
responsables del tratamiento a verificar el
cumplimiento normativo de los receptores de datos
antes de autorizar cualquier transferencia. De este
modo, la ley no sólo protege la información dentro del
territorio nacional, sino que también busca garantizar
la seguridad de los datos personales en entornos
transfronterizos, alineándose con los estándares
internacionales de privacidad, Ecuador (2021).
El quinto título de la LOPDP establece el
régimen sancionador, mediante el cual se tipifican las
infracciones leves, graves y muy graves, tales como:
multas sancionatorias de 10 a 20 salarios básicos o
pueden ir del 0,7% al 1% del volumen anual de ventas
en el caso de ser grandes empresas, para así
garantizar la corresponsabilidad. En este punto, la
normativa dota a la Superintendencia de Protección de
Datos Personales (SPDP), la facultad de auditar,
supervisar y sancionar el incumplimiento de la ley. De
acuerdo con la con la guía de gestión de riesgo emitida
por la SPDP el cumplimiento efectivo requiere
auditorías jurídicas, organizacionales y técnicas que
permitan verificar la conformidad con las obligaciones
en la LOPDP. Estas auditorías no lo evalúan el
cumplimiento formal, sino también a eficiencia de los
medios implementados en las prácticas, priorizando la
protección real de los derechos de los titulares
(Superintendencia de Protección de Datos Personales,
2025).
La estructura de la ley se complementa con la
creación de un régimen institucional especializado,
liderado por la Superintendencia de Protección de
Datos Personal, entidad encargadas de promover la
cultura de privacidad, emitir lineamientos técnicos y
supervisar el tratamiento de la información en el país,
esta instituciones actúan como un órgano garante,
fomentando el la transparencia en las organizaciones
públicas y privadas y consolidando un marco de
gobernanza de datos que respalda la confianza
ciudadana en el entorno digital (Superintendencia de
Protección de Datos Personales, 2025).
En conjunto la LOPDP configura un sistema
normativo integral que busca armonizar la protección
de los derechos con las exigencias de la economía
digital contemporánea. En el caso de los portales web
de las empresas públicas de la ciudad de Manda, el
cumplimiento de esta ley implica más que la
adaptación formal de políticas, requiere un
compromiso continuo con la seguridad de la
información, la gestión de riesgos, el rendimiento. de
cuentas y la auditoría permanente. Sólo a través de
una cultura organizacional orientada a la privacidad,
respaldada por principio éticos y técnicos sólidos, será
posible alcanzar un verdadero cumplimiento y
garantizar la confianza de los usuarios en el entorno
digital (Barahona-Martínez et al., 2024);
(Superintendencia de Protección de Datos Personales,
2025).
El desarrollo de políticas de protección de datos
en entornos digitales requiere un análisis integral de
los mecanismos técnicos y jurídicos que garanticen la
privacidad de los usuarios. En este sentido la
investigación de Hérnadez Colado (2021) realiza un
análisis detallado sobre el grado de cumplimiento legal
en la gestión de cookies dentro de los sitios web,
concluyendo que la mayoría de las plataformas no
proporcionan información clara ni mecanismos
efectivos de consentimiento informado.
Asimismo, Flaquer Riutort (2021) advierte que
el uso publicitario de cookies constituye una de las
principales amenazas a la privacidad, al permitir la
recopilación y tratamiento de datos con fines
comerciales sin una adecuada regulación. El autor
distingue entre las cookies técnicas y las publicitarias
destacando que las segundas, tienen un mayor
potencial de riesgo debido a su capacidad de rastrear
los hábitos de navegación del usuario mecanismos de
prevención y cautela basados en el consentimiento
explícito y la proporcionalidad del tratamiento. Ambos
investigadores nos indican que la LOPDP en entornos
digitales requiere armonizar la dimensión tecnológica y
jurídica, ambos evidencian que las deficiencias en el
consentimiento y la regulación del uso publicitario de
las cookies vulneran la privacidad del usuario.
Por su parte, Alejandro Morales-Vargas.,
Pedraza-Jiménez, & Codina (2022) amplían la
discusión al proponer una revisión sistemática sobre la
calidad web en medios digitales, identificando que los
Cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en los portales web de empresas públicas y privadas de la ciudad de
Manta.
José Andrés Barre Cuenca- Esilda Katherine Velásquez Calderón-Navira Gissela Angulo Murillo
110
parámetros más analizados en los estudios usabilidad,
son la interactividad, la accesibilidad y la confianza.
Los actos los autores sostienen que la credibilidad de
los sitios web depende tanto de su estructura técnica
como del cumplimiento de estándares éticos y de
protección de datos señalando que la ausencia de
políticas de privacidad clara afecta la fiabilidad
percibida por los usuarios. Este planteamiento se
vincula directamente con la situación ecuatoriana en la
que la calidad y transparencia de los portales
institucionales son factores determinantes para
garantizar la legitimidad del tratamiento de información
personal.
Desde una perspectiva institucional, el informe
de Rendición de Cuentas del Ministerio de
Telecomunicaciones de la Sociedad de la Información
MINTEL (2020), destaca los avances del Ecuador en
materia de Gobierno digital, ciberseguridad e inclusión
digital, subrayando la importancia de proteger los datos
de los ciudadanos frente a los riesgos derivados de la
digitalización. El informe enfatiza que los datos
constituyen un recurso estratégico en la economía
digital y que su uso responsable requiere políticas de
interoperabilidad, acceso universal y seguridad de
información. Este documento se alinea en el enfoque
preventivo de la LOPDP que exige a las entidades
públicas y privadas la adopción de medidas técnicas y
organizativas adecuadas para el tratamiento legítimo
de datos persona.
Por otra parte, Bermeo-Pérez et al. (2024)
abordan la implementación del estándar
ISO/27707:2019 en el sector financiero, popular y
solidario ecuatoriano, destacando que este modelo de
gestión permite identificar y mitigar riesgos asociados
al tratamiento de información sensible. MINTEL (2020),
Bermeo-Pérez et al., (2024) y Yamba-Yugsi, (2024)
coinciden en que la protección de datos requiere una
gestión articulada entre políticas públicas y
mecanismos técnicos de control. Mientras el primero
establece el marco institucional basado en la
interoperabilidad y la seguridad digital, el segundo
traduce los lineamientos en acciones concretas
mediante las normas ISO/27707:2019, ambas
proponen un modelo efectivo para el cumplimiento de
la LOPDP.
En conjunto, estos aportes académicos y
técnicos permiten comprender que la protección de
datos personales debe abordar desde la visión integral
que combine el enfoque legal, tecnológico y ético.
Coincide en señalar la urgencia de mejorar los
mecanismos de consentimiento y transparencia
informativa, para enfatizar la necesidad de incorporar
la confianza como atributo esencial en la calidad web
nivel nacional, ofreciendo marcos de acción concretos
para las instituciones ecuatorianas, orientados a
fortalecer la gobernanza digital y consolidar una
gestión responsable de los datos personales.
Finalmente, la integración de estos estudios refuerza
la relevancia del tema investigado en este artículo
sobre el “Cumplimiento de la Ley Orgánica de
Protección de Datos Personales en los portales web de
empresas públicas y privadas de la ciudad de Manta”,
al demostrar que el cumplimiento efectivo de la LOPDP
requiere no solo la existencia de política de privacidad
mediante auditorías, gestión de riesgo, capacitación
institucionales y estrategias de comunicación digital
que fortalece la confianza del usuario en el entorno
web.
3. METODOLOGÍA
Se optó por una metodología mixta, de tipo
descriptivo y diseño no experimental que combinó
herramientas cualitativas y cuantitativas. Esta elección
permitió observar, sin manipulación e variables, el nivel
de cumplimiento normativo en los portales web
analizados, sin manipular variables y en un único
momento temporal. La investigación se llevó a cabo en
la ciudad de Manta, provincia de Manabí, Ecuador,
durante los meses de septiembre y octubre de 2025. El
análisis se centró en portales web de empresas
públicas y privadas que prestan servicios en distintos
sectores, como el comercial, turístico, educativo, de
salud y servicios municipales. La muestra fue
seleccionada mediante un muestreo no probabilístico
por conveniencia, considerando aquellos portales web
que estuvieran activos, accesibles al público y que
representaran diferentes sectores económicos de la
ciudad.
Se analizaron 40 sitios web en total: 6
correspondientes a entidades públicas y 34 a
empresas privadas, se aplicó un muestreo no
probabilístico por conveniencia, considerando
empresas públicas y privadas que contaran con
portales web activos, accesibles y funcionales al
momento del estudio. Se priorizaron aquellas
ISSN Electrónico 2500-9338
Mayo-Agosto. Volumen 26 Número 2, Año 2026 Págs. 104-116
111
organizaciones que ofrecieran servicios relevantes en
sectores como salud, educación, comercio, tecnología,
industria, pesca y servicios institucionales, con el
objetivo de reflejar la diversidad del entorno digital de
la ciudad de Manta. Para la recolección de datos se
utilizó un Checklist estructurado, elaborada con base
en los principios establecidos por la LOPDP, tales
como: la transparencia, el consentimiento, la finalidad
del tratamiento y los derechos del titular de los datos.
Esta ficha fue sometida a un proceso de validación por
juicio de expertos, en el que participaron dos
profesionales con experiencia en derecho digital y
protección de datos, quienes evaluaron la pertinencia,
claridad y coherencia de cada ítem.
Para evaluar el cumplimiento de la LOPDP en
los portales web de empresas públicas y privadas de
la ciudad de Manta, se diseñó y aplicó un Checklist
estructurado, basado en los artículos y principio
establecidos en dicha ley. El cuestionario estuvo
conformado de 22 ítems, organizados según artículos
específicos de la ley considerando los principios:
licitud, transparencia, consentimiento,
proporcionalidad, seguridad y responsabilidad
proactiva (Anexo 1). Cada pregunta fue valorada a
través de una escala trivalente de respuesta: sí, parcial
y no, lo que permitió una medición precisa, facilitando
posteriormente el análisis estadístico comparativo
entre sectores público y privado.
Los datos recolectados fueron procesados
utilizando el software estadístico JASP (Jeffrey’s
Amazing Statistics Program), mediante el cual se
aplicó estadística descriptiva, calculando frecuencias
absolutas y porcentajes. Los resultados obtenidos
fueron organizados en tablas y gráficos comparativos,
lo que permitidentificar patrones de cumplimiento e
incumplimiento normativo en los portales web
analizados y establecer diferencias entre el sector
público y privado en la ciudad de Manta. Además del
enfoque cuantitativo, se incluyó un análisis cualitativo
complementario mediante el uso del software
MAXQDA, el cual permitió generar una nube de
palabras a partir de los hallazgos descriptivos y
anotaciones obtenidas durante la revisión de las
páginas web. A través de esta herramienta se logró
visualizar los términos recurrentes al cumplimiento de
la LOPDAD.
4. RESULTADOS
En este apartado se exponen los hallazgos
encontrados con la aplicación del Checklist de
cumplimiento normativo en 40 portales web de
empresas públicas y privadas de la ciudad de Manta,
fundamentadas en los principios y artículos
establecidos en la Ley Orgánica de Protección y Datos
Personales. Se incluyó una muestra de 34 empresas
privadas y 6 públicas, debido a la mayor
representación del sector privado que concentran la
mayor cantidad de portales.
La tabla 1 refleja que el estudio estuvo
compuesto en su mayoría por portales web de
empresas privadas, representando el 85,00% y el
15,00% por empresas públicas. Esta distribución
muestra la presencia de más organizaciones privadas,
quienes para su selección disponían de portales web
activos y accesibles al público. Se priorizaron aquellas
organizaciones que ofrecieran servicios relevantes en
sectores como salud, educación, comercio, tecnología,
industria, pesca y servicios institucionales del entorno
digital de la ciudad de Manta.
Tabla 1: Porcentaje de cumplimiento por tipo de
empresa evaluada
No
Categoría
de la
empresa
Número
de
empresas
Porcentaje de
cumplimiento
1
Empresas
públicas
6
15,00%
2
Empresas
privadas
34
85,00%
Total
40
100,00%
Nota: Total de portales web categorizados por sector
público y privado.
Se observa en la tabla 2, que las empresas
públicas del sector financiero y el de salud alcanzan los
niveles de cumplimiento más altos, con el 57,39% y
54,55%. En relación al sector privado, el sector
pesquero, industrial, tecnológico y comercial presentan
los porcentajes más bajos, lo que revela que estos
sectores aún no priorizan la aplicación de esta
normativa en sus entornos digitales.
Cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en los portales web de empresas públicas y privadas de la ciudad de
Manta.
José Andrés Barre Cuenca- Esilda Katherine Velásquez Calderón-Navira Gissela Angulo Murillo
112
Tabla 2: Porcentaje de cumplimiento por tipo de empresa
evaluada
No
Categoría de la
empresa
Porcentaje
de
cumplimiento
1
Financiera
57,39%
2
Pública Salud
54,54%
3
Pesquera
45,45%
4
Tecnológica
40,90%
5
Comercial
40,90%
6
Industrial
35,23%
7
Otros
45,73%
8
Pública
institucional
44,54%
Total
45,91%
Nota: El cumplimiento normativo promedio entre las
empresas evaluadas.
En relación con el análisis por categorías
temáticas, se observa que el sector que mayormente
incumple con las normativas de la LOPDP, son las
entidades privadas, resultados que se pueden apreciar
en el gráfico 1.
Gráfico 1: No cumplimiento de la LOPDP por tipo de
empresas
Nota: El cumplimiento normativo promedio entre las
empresas evaluadas.
En el gráfico 1 se evidencia un resultado
preocupante en cuanto a la implementación efectiva de
la LOPDP en los portales web analizados. Al
desagregar los datos por tipo de empresa y categoría
temática, se identifican brechas significativas que
afectan especialmente al sector privado, pero que
también alcanzan a entidades públicas en ciertas
dimensiones clave. Desde un enfoque sectorial, las
empresas financieras y del área de salud alcanzan
niveles de cumplimiento altos, seguidas por el sector
pesquero. Sin embargo, las empresas industriales,
tecnológicas y comerciales presentan los niveles más
bajos, con promedios por debajo del 41%, por lo que
se concluye que estos sectores no priorizan la
adecuación normativa.
Los resultados del gráfico 2, exponen que la
mayoría de las empresas públicas y privadas,
incumplen con los requerimientos legales en las
categorías más sensibles de la LOPDP. En la
categoría especial de datos se observa 37
incumplimientos, debido a un manejo inadecuado de
información delicada como: salud, niñez o
discapacidad, esto revela desconocimiento normativo
frente a los estándares más estrictos de protección.
Gráfico 2: Incumplimiento por categoría temática de la
LOPDP en los portales web de Manta.
Nota: El gráfico 2 muestra las categorías de la LOPDP con
mayor número de incumplimientos entre empresas
analizadas.
Del mismo modo, se evidencia un alto nivel de
incumplimiento en “Autoridad y control”, donde muchos
portales no proporcionan al usuario mecanismos claros
para ejercer sus derechos o denunciar vulneraciones,
lo que limita la transparencia y la confianza digital.
Pese a que la categoría “seguridad técnica” muestran
un nivel de cumplimiento alto, estos resultan
insuficientes sin una gestión integral de la privacidad y
los derechos digitales. Las categorías con menor nivel
de incumplimiento fueron aquellas relacionadas con
seguridad técnica, donde algunas empresas han
implementado medidas básicas como el protocolo
HTTPS o certificados SSL.
Para complementar el análisis cuantitativo, se
muestra en el gráfico 3, la nube de palabras generada
a través del software MAXQDA, los términos más
frecuentes en las normativas evaluadas.
Gráfico 3: Nube de palabras de los hallazgos sobre la
protección de datos
ISSN Electrónico 2500-9338
Mayo-Agosto. Volumen 26 Número 2, Año 2026 Págs. 104-116
113
Nota: La nube de palabras evidencia los conceptos más
frecuentes asociados al cumplimiento normativo en los portales
web.
Se observa en el gráfico 3 la nube que fue
generada con el software MAXQDA, los términos más
relevantes a los hallazgos de estudio fueron: “datos”,
“consentimiento”, “seguridad”, “usuarios” y
“cumplimiento”, lo que refleja las principales
preocupaciones y foco de análisis del cumplimiento
normativo de los portales web. Los resultados
expuestos revelan la necesidad de que exista una
conciencia general sobre la importancia de proteger los
datos personales, y la brecha existente entre la
normativa vigente y su aplicación por parte de las
organizaciones.
Con base en la aplicación del Checklist
normativo estructurado según los principios y artículos
de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales
(LOPDP), la tabla 3 sintetiza los principales
incumplimientos encontrados, organizados por
categorías temáticas y artículos específicos de la ley.
Estos hallazgos permiten visualizar de manera
concreta las áreas críticas en las que los sitios web
evaluados presentan debilidades normativas,
especialmente en lo relativo al tratamiento de datos
sensibles, transparencia en la gestión de información,
consentimiento informado, derechos del titular y
mecanismos de control. Esta evidencia es de gran
relevancia para comprender el nivel de compromiso
institucional con la protección de los datos personales.
La tabla 3 muestra que muchos portales web,
tanto públicos como privados, aún tienen dificultades
para cumplir con aspectos de la Ley de Protección de
Datos. Se evidencian deficiencias en el tratamiento de
información sensible, como datos de salud o
discapacidad y la forma en que informan al usuario
sobre el uso de sus datos. Así mismo, se observan
fallas en ofrecer opciones claras para aceptar o
rechazar cookies, revocar el consentimiento o eliminar
información personal. Aunque la mayoría de sitios
aplican medidas técnicas básicas de seguridad, estas
no siempre se acompañan de prácticas transparentes
o accesibles para los usuarios, lo que afecta la
confianza digital.
Tabla 3: Hallazgos encontrados por el incumplimiento de la LOPDP
Artículos 25
32 Categorías
especiales
El 92.5% de los sitios no presentan
formularios para tratar datos sensibles
como salud o discapacidad.
El 87.5% no cuenta con un formulario
para solicitar la eliminación de datos
personales de personas fallecidas.
Art. 16
Objeto, ámbito
y definiciones
Solo el 20% de las ginas permiten
aceptar o rechazar cookies no esenciales
de manera clara.
El 42.5% no publica su aviso de
privacidad en un lugar visible.
El 85% no justifica el uso de datos
biométricos, pese a solicitarlos en
algunos casos.
Art. 3336
Transferencia y
acceso a datos.
El 50% no informa si existen contratos
con terceros que acceden a los datos
personales.
El 55% no garantiza que los datos serán
devueltos o eliminados por terceros tras
finalizar los servicios.
Art. 42 en
adelante
Autoridad y
control
El 55% no indica cómo notificará al
usuario en caso de filtración de datos.
El 47.5% no menciona cómo el usuario
puede acudir a la autoridad de protección
de datos personales.
Art. 79
Tratamiento
legítimo y
consentimiento.
El 47.5% no garantiza que los usuarios
puedan revocar el consentimiento en
cualquier momento.
El 42.5% no ofrece mecanismos visibles
y sencillos para hacerlo (como
formularios o botones).
Art. 1124
Derechos de
los titulares
El 45% de los sitios no ofrecen recursos
educativos o informativos sobre
derechos digitales.
El 45% no permite eliminar datos
personales incluso si su tratamiento es
ilícito.
Art. 10
Principios de
protección de
datos
Solo el 62.5% explica la finalidad del
tratamiento de los datos personales.
El 37.5% no presenta su política de
seguridad en lenguaje comprensible.
Art. 3741
Seguridad de
los datos
El 97.5% de los portales tiene candado
de seguridad HTTPS.
El 92.5% carga sin errores ni
advertencias de seguridad.
Sin embargo, el 92.5% no muestra
advertencias o mensajes informativos de
protección de datos.
Cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en los portales web de empresas públicas y privadas de la ciudad de
Manta.
José Andrés Barre Cuenca- Esilda Katherine Velásquez Calderón-Navira Gissela Angulo Murillo
114
5. DISCUSION
Los resultados obtenidos en este estudio
evidencian que la existencia de un marco legal como
la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales
(LOPDP) no garantiza su aplicación en el país. Tal
como manifiesta Rodríguez Almache et. al., (2024) y
Jurado et al., (2023), permanecen limitaciones
institucionales y culturales que inciden en la capacidad
de las organizaciones para cumplir con los principios
claves como: el consentimiento informado,
transparencia y seguridad. Los resultados del estudio
muestran un promedio de cumplimiento es del 45,91%,
que está por debajo del estándar deseable del 60%, lo
que refuerza el argumento de Hernández Colado
(2021) y Flaquer Riutort (2021) sobre la debilidad que
existen en el tratamiento ético y legal de datos
personales en plataformas digitales, pese a que el
sector público tuvo un cumplimiento de 57,39% y
54,55% el privado.
De acuerdo con Lara-Nino et al. (2022) y
Dewitte (2024), las categorías de la LOPDP con el
mayor porcentaje de incumplimiento en los portales
web de empresas públicas y privadas son: categorías
especiales de datos, transferencia de información a
terceros y mecanismos de revocación de
consentimiento, lo que refleja riesgos en la privacidad
de los usuarios. Este hallazgo es uno de los más
críticos del estudio, porque está regulado en los
Artículos 25 al 32 de la LOPDP, que regulan la
información sensible como: datos de salud,
discapacidad, niñez, orientación sexual, origen étnico,
religión o creencias filosóficas, cuyo uso inadecuado
puede tener impactos negativos en la integridad, la
privacidad y los derechos fundamentales del titular de
los datos.
Estos hallazgos coinciden con lo que señalan
Sacoto (2020) y Lucero (2023), quienes destacan que
el bajo cumplimiento en indicadores, revelan la
necesidad de capacitación, auditoría técnica y
corresponsabilidad digital, con especial atención en
sectores como el comercial, tecnológico e industrial,
que mostraron bajos niveles de aplicación normativa.
6. CONCLUSIONES
El cumplimiento de la LOPDP en los portales
web de empresas públicas y privadas de Manta es
limitado, con un promedio general del 45,91%,
revelando deficiencias en el manejo de datos
sensibles, la transparencia en la transferencia de
información a terceros y los mecanismos para revocar
el consentimiento. Estos hallazgos reflejan la
necesidad urgente de fortalecer la gestn ética y legal
de los datos personales.
En términos comparativos, las entidades
públicas mostraron un mayor nivel de cumplimiento
que las privadas, alcanzando un promedio del 57,6%
frente al 42,9% del sector privado. Esto indica que,
aunque ambos sectores enfrentan desafíos, las
instituciones públicas han adoptado con mayor
rigurosidad los lineamientos de la LOPDP en sus
portales digitales.
Una de las limitaciones de este estudio fue que
el análisis se centró únicamente en la información
visible en los portales web públicos, sin acceso a
documentos internos o protocolos organizacionales
que podrían ofrecer una visión más completa del
cumplimiento normativo. A pesar de ello, los hallazgos
obtenidos permiten identificar tendencias clave y sirven
como punto de partida para fortalecer la cultura de
protección de datos a través de procesos de
capacitación, auditorías periódicas y políticas más
claras y accesibles para los usuarios.
7. REFERENCIAS
Aditya, L. (2024). ¿Influye el neuromarketing en la
intención de compra en el sector de las
cafeterías? Actas de La Conferencia
Internacional Sobre Economía, Contabilidad e
Impuestos , 1(2), 2843.
https://prosiding.areai.or.id/index.php/ICEAT/arti
cle/view/34
Dagnino S, J. (2014). Bioestadística y Epidemiología
ANÁLISIS DE VARIANZA. Rev Chil Anest , 43,
306310.
http://revistachilenadeanestesia.cl/PII/revchilane
stv43n04.07.pdf
DANE. (2022). DANE - ¿Cuántos somos? Censo
Nacional de Población y Vivienda.
https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-
por-tema/demografia-y-poblacion/censo-
nacional-de-poblacion-y-vivenda-2018/cuantos-
somos#
ISSN Electrónico 2500-9338
Mayo-Agosto. Volumen 26 Número 2, Año 2026 Págs. 104-116
115
Dwiputri, A. L., Syahputra, & Mahir, P. (2024). From
Sight to Sip: The Role of Sensory Marketing in
Local Coffee Shops . International JJournal of
Applied Economics, Accounting and
Management (IJAEAM), 2(5), 345354.
https://doi.org/10.59890/ijaeam.v2i5.2463
Garzón Quiroz, M. Q., & Villota Oyarvide, W. R. (n.d.).
Prueba t para muestras relacionadas e
independientes usando Rstudio, para que sirve y
cómo aplicarlo. Convergencias y Divergencias
En Investigación, 192203. Retrieved February
21, 2026, from
https://editorial.risei.org/index.php/risei/catalog/d
ownload/convergencias-divergencias-
investigacion-edicion1/29/646?inline=1
Gokavi, N., Mote, K., Jayakumar, M., Raghuramulu, Y.,
& Surendran, U. (2021). The effect of modified
pruning and planting systems on growth, yield,
labour use efficiency and economics of Arabica
coffee. Scientia Horticulturae, 276, 109764.
https://doi.org/10.1016/j.scienta.2020.109764
Krishna, A. (2012). An integrative review of sensory
marketing: Engaging the senses to affect
perception, judgment and behavior. Journal of
Consumer Psychology, 22(3), 332351.
https://doi.org/10.1016/j.jcps.2011.08.003
Majeed, M., Chaudhary, A., & Chadha, R. (2024).
Digital Transformation in the Customer
Experience. Apple Academic Press.
https://doi.org/10.1201/9781003560449
Maldonado, S. M., Méndez, L. M., & Peña, J. A. (2007).
Manual práctico para el diseño de la Escala
Likert.
Maskell, G., Chemura, A., Nguyen, H., Gornott, C., &
Mondal, P. (2021). Integration of Sentinel optical
and radar data for mapping smallholder coffee
production systems in Vietnam. Remote Sensing
of Environment, 266, 112709.
https://doi.org/10.1016/j.rse.2021.112709
Medina rojas, I. D., Porras Romero, L. A., & Milena
Moreno, Y. (2024a). Las tiendas especializadas
de café y su rol en la creación de valor agregado.
Sociedad y Economía, (52).
https://doi.org/10.25100/sye.v0i52.13128
Quintao, R. T., Brito, E. P. Z., & Belk, R. W. (2017). Lim,
S., y Oh, J. (2025). Navegando por la privacidad:
Un análisis comparativo global de leyes de
protección de datos. Internacional Data Law
Review, 4(2), 55-72.
https://doi.org/10.1049/ise2/5536763
Aldas, J. V., Tinitana, C. V., Gaibor, J. C., y Segarra,
H. G. (2025). Protección de datos personales en
la gestión de justicia: análisis del marco
normativo ecuatoriano frente a los estándares
internacionales. 593 Digital Publisher CEIT,
10(3), 1058-1073.
doi.org/10.33386/593dp.2025.3.3242
Alejandro Morales-Vargas., A., Pedraza-Jiménez., R.,
y Codina., L. (2022). Calidad web en medios
digitales: revisión bibliográfica sobre métodos e
indicadores de evaluación general y atributos de
confianza. Revista Latina de Comunicación
Social, 89, 39-63.
https://www.doi.org/10.4185/RLCS-2022-1515
Álvarez Enríquez, L. (2019). La Visión de América
Latina sobre el Reglamento General de
Protección de Datos. Comentario Internacional
(19), 99-110.
Astudillo, P. A., Alvarado, L. A., Once, V. N., y García,
H. G. (2024). Aplicación de la Ley Orgánica de
Protección de Datos Personales en el sistema
empresarial privado ecuatoriano. Revista Les,
7(25), 567-582.
Barahona-Martínez Gipson Emilio, G. E., Barzola-
Plúas, Y. G., y Peñafiel-Muñoz, L. V. (2024). El
derecho a la protección de datos y el avance de
las nuevas tecnologías en Ecuador:
Implicaciones legales y éticas. Journal of
Economic and Social Science Research, 4(3).
https://doi.org/10.55813/gaea/jessr/v4/n3/113
Barahona-Martínez, G. E., Barzola-Plúas, Y. G., y
Peñafiel-Muñoz, L. V. (2024). El derecho a la
protección de datos y el avance de las nuevas
tecnologías en Ecuador: Implicaciones legales y
éticas. Journal of Economic and Social Science,
4(3), 46-64.
https://doi.org/10.55813/gaea/jessr/v4/n3/113
Bermeo-Pérez, S. K., Ureta Arreaga, L. A., y Yamba-
Yugsi, M. (2024). Gestión de protección de datos
Cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en los portales web de empresas públicas y privadas de la ciudad de
Manta.
José Andrés Barre Cuenca- Esilda Katherine Velásquez Calderón-Navira Gissela Angulo Murillo
116
personales en el sector financiero popular y
solidario. Journal Científica MQRInvestigar, 8(3),
3624-3638. https://orcid.org/0000-0002-8695-
5005.
Dewitte, P. (2024). Una breve historia de la protección
de datos por diseño: de la seguridad multilateral
al artículo 25(1) del Reglamento General de
Protección de Datos (RGPD). Revista
Tecnología y Regulación, 80-94.
https://doi.org/10.71265/n27g6m54
Ecuador, A. N. (2021). Ley Orgánica de Protección de
Datos Personales. Quito, Ecuador: Registro
Oficial Suplemento 459.
Flaquer Riutort, J. (2021). LA FUNCIÓN
PUBLICITARIA DE LAS COOKIES:
MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y CAUTELA
EN EL DERECHO ESPAÑOL. THĒMIS-Revista
de Derecho, 79, 127140.
https://doi.org/10.18800/themis.202101.007
Hérnadez Colado, E. (2021). Cumplimiento normativo
en el uso de las cookies en la web. Universitat
Oberta de Catalunya.
https://openaccess.uoc.edu/bitstream/handle/10
609/132715/ehernandezcoladoTFM0122memori
a.pdf.
Jurado, Z. E., Riera, L. E., y Méndez, J. A. (2023).
Protección de datos en el contexto de la
promulgación de la Ley Orgánica de Protección
de Datos Personales en Ecuador. Polo del
Conocimiento, 8(8), 1355-1373.
Lara-Nino, C. A., Morales-Sandoval, M., y Díaz-Pérez,
A. (2022). Los retos para proteger los datos del
usuario en México. Revista Internacional de
Investigación e Innovación Tecnológica, 10(56),
14-24.
https://riiit.com.mx/apps/site/files_v2450/segurid
ad_cinvestav._2_riiit_div_may-jun_2022.pdf.
Lucero, L. (2023). El rol de la auditoría
informática en la era de la protección
de datos personales en Ecuador.
Technology Rain Journal, e17.
Martínez, M. R., López, J. A., Cevallos, D.
P., y Burgos, G. P. (2022). La
protección de datos personales en
Ecuador. Estudios del Desarrollo
Social: Cuba y América Latina,
10(1).
Ministerio de Telecomunicaciones y de la
Sociedad. (2020). Informe de
rendición de cuentas 2019. Quito
Ecuador.
Rodríguez Almache, E. L., Rodríguez
Bustamente, J. L., y Santacruz
Espinoza, J. J. (2024).
Implementación y desafíos de los
principios de la Ley Orgánica de
Protección de Datos Personales en
Ecuador, un enfoque sistemático.
Pro Science: Revista de Producción,
Ciencias e Investigación, 8(54), 47-
67.
Sacoto, C. (2020). PROTECCIÓN DE
DATOS PERSONALES EN
COMERCIOS ELECTRÓNICOS
B2C. Cálamo. Revista de Estudios
Jurídicos, 13, 5366.
https://dialnet.unirioja.es/servlet/arti
culo?codigo=8328957
Superintendencia de Protección de Datos
Personales. (2025).
https://spdp.gob.ec/wp-
content/uploads/2025/05/Guia-de-gestion-
de-riesgos.pdf.